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Contabilización de los votos en las sociedades por acciones

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Author: Acontis11
Date: octubre 19, 2022

La Superintendencia de Sociedades en un reciente concepto aclaró las dudas de un peticionario, el cual consultaba si la contabilización del voto en asambleas de accionistas se debe realizar de forma nominal o respecto al número de acciones suscritas y representadas por cada accionista en la reunión. 

Así, la entidad indicó en primer lugar que, en las Sociedades por Acciones Simplificadas – S.A.S.-, por regla general, cada acción da derecho a emitir un voto; sin embargo, se debe tener en cuenta que el artículo 11 de la Ley 1258 de 2008, establece que en los estatutos se expresarán los derechos de votación que le correspondan a cada clase de acciones, con indicación expresa sobre la atribución de voto singular o múltiple, si a ello hay lugar.

En ese sentido, con las salvedades realizadas sobre la posibilidad de establecer estatutariamente el voto múltiple en las S.A.S., en las sociedades por acciones, cada acción da derecho a un voto y, en consecuencia, la contabilización de los votos para la toma decisiones en reuniones de primera o de segunda convocatoria se realiza con base el número de acciones representadas por cada accionista en la reunión, atendiendo siempre las normas relativas a quorum y mayorías.

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