Servicios online

Como su nombre lo indica en el contrato a término fijo las partes pactan previamente una fecha cierta de terminación del contrato, la cual en primera instancia no puede exceder de 3 años, pero si puede renovarse de manera indefinida.

Así mismo, es posible que el contrato se pacte por un término que sea inferior a un año, para lo cual, se debe tener en cuenta que de conformidad con numeral 2 del artículo 46 del Código Sustantivo del Trabajo cuando la duración del contrato sea inferior a un año solo podrá prorrogarse sucesivamente hasta por tres (3) períodos iguales o inferiores, pasados estos el contrato se renovara automáticamente por periodos mínimos de un (1) año.

Conéctate con nuestras redes

Todos los derechos reservados ACONTIS ® 2022